Recomendaciones de la Comisión Técnica de Seguridad

Apartado formado por las recomendaciones elaboradas por la Comisión Técnica para la Seguridad de los productos, creada mediante el RD 1801/2003 el Comité de Urgencia y el Grupo de Seguridad Europeo (Directiva 2001/95/CE ) y por el Grupo de Expertos de Seguridad de Juguetes (Directiva 88/378/CEE ).

Las recomendaciones elaboradas no poseen valor normativo.

Recomendaciones de la CTPS

  • Alergia al látex

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que todos los artículos que contengan látex natural incorporen en su etiquetado alguna leyenda que informe al consumidor sobre la presencia del látex en dicho producto, tal como “contiene látex natural”. Esta recomendación está apoyada en lo establecido en el Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a los consumidores y usuarios, referente a la indicación de la composición del producto
  • Artículos de higiene en envases de vidrio

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que los artículos de higiene destinados a utilizarse en el baño y normalmente con las manos mojadas, tales como geles de baño y champús, no deben presentarse, para su comercialización al consumidor, en envases de vidrio o de cualquier otro material que se rompa con facilidad al golpearse, pudiendo esto ocasionar cortes o heridas. (actualmente recogida en la legislación de cosméticos como obligación)
  • Cuchillas ("cutters") en estuches escolares

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que las cuchillas (“cutters”) no se incluyan en los etuches escolares, sino que se vendan de manera independiente o bien en estuches de material técnico.
    • Que se dificulte la apertura de las cuchillas (“cutters”) mediante algún sistema de apertura de seguridad, que evite la posibilidad de manipulación por los niños más pequeños.
    • Que en los centros escolares donde sea necesario el uso de las cuchillas (“cutters”), sea el propio centro educativo el que facilite y controle el material utilizado.
  • Hamacas colgantes

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que las hamacas colgante ligeras, sin varillas o refuerzo en los extremos del entramado que evite el enrollamiento sobre sí mismo, no deben estar disponibles para su adquisición por el consumidor.
  • Espumógenos para la extinción de incendios, uso en fiestas infantiles

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que los productos químicos identificados como espumógenos de uso en extinción de incendios no sean utilizados en fiestas, tanto infantiles como de adultos.
  • Lámparas de aceite decorativas

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que las lámparas de aceite decorativas que se encuentren en el mercado lleven los símbolos e indicaciones de peligro y advertencias de riesgo y prudencia visibles y fácilmente legibles.
    • Par evitar su confusión con productos alimenticios , estas lámparas, como medida preventiva deben comercializarse con un  cierre tal que, en ningún momento, se pueda acceder al producto. (actualmente recogida en la legislación)
  • Caramelos con palo

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos insta a los fabricantes o importadores de estos productos para que, de acuerdo con su responsabilidad de poner en el mercado  productos con un nivel elevado de seguridad, comercialicen caramelos con palo que cumplan la normativa de juguetes en lo que se refiere a los ensayos de tracción para artículos desmontables (norma UNE EN 71-1) en tanto no se establezca un criterio específico para este sector.
  • Parasoles con reflector metalizado para coches

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que estos productos deben proporcionar al consumidor, en su etiquetado, información suficiente para un uso adecuado del mismo, advirtiendo de la posibilidad de producirse un sobrecalentamiento del tablero de mandos si no se adapta perfectamente al cristal del vehículo.
  • Barras de seguridad para niños en coches

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que no debe permitirse la comercialización de barras de seguridad para niños que se instalan en los vehículos. (actualmente no están permitidas)
  • Capuchones de los bolígrafos

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que teniendo en cuenta el accidente fatal en el que estaba implicado el capuchón de un bolígrafo que cumplía la norma, la evaluación del riesgo que se ha solicitado a la Comisión europea y el debate del Comité de Urgencia sobre este asunto, se debe tener en cuenta el uso previsible del producto y en particular por los niños, según la definición de “producto seguro” y por ello se debe solicitar a AENOR la conveniencia de la revisión de la norma UNE 93019:1998 sobre capuchones de instrumentos para la escritura.
    • Que se eleve a los órganos de la UE la necesidad de realizar una norma armonizada que cubra todos los riesgos previsibles
  • Material escolar con aroma a alimentos

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que no se permita la comercialización de aquel material escolar que incorpore sabores o aromas diferentes al característico del propio producto, con el fin de hacerlo atractivo, especialmente a los niños.
  • Libro de cocina para niños

    La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que los libros de cocina para niños cumplan los siguientes requisitos:

    • Advertir, en general, que para la elaboración de las recetas por los niños es necesario, como mínimo, la supervisión de un adulto.
    • Indicar la edad mínima de los niños a los que va destinado el libro, teniendo en cuenta para ellos los utensilios necesarios que se han de emplear y las temperaturas que deban alcanzar los productos.
    • Aquellos libros en los que se incluyan recetas que deban utilizar fuentes de calor (hornos, cocinas,..) o productos a altas temperaturas (aceite, agua,…) deberán ir destinados a niños con edad mínima de 10 años.
    • Advertir en cada receta si es necesaria la intervención directa de un adulto (ej: calentar en el horno a xºC “por un adulto”, “freír por un adulto”, ..)no incluir recetas que necesiten grandes cantidades de agua hirviendo o aceite muy caliente (macarrones, torrijas, …).
    • Que se inste a las editoriales para que informen a los autores de los libros de cocina para niños que incluyan recetas que se atengan a la edad de los niños a los que van destinados y efectúen las advertencias adecuadas teniendo en cuenta para ello los utensilios necesarios que se han de emplear y las temperaturas que deban alcanzar los productos. Asimismo, es importante aconsejar a los autores que estas publicaciones tengan una finalidad educativa dirigida a inculcar en los niños unos hábitos alimenticios correctos para conseguir una adecuada salud alimentaria.
  • Lámpara de iluminación nocturna con forma de juguete

    • La Comisión Técnica para la Seguridad de los Productos recomienda que las lámparas de iluminación nocturna atractivas para niños que por su diseño pueden confundirlas con un juguete y podrían incitarles a jugar con ellas deben cumplir las normas generales de luminarias que le son aplicables y además los incrementos de temperatura han de ser los establecidos para juguetes eléctricos, la lámpara incandescente y el portalámparas no deberán ser accesibles para los niños y la tensión no será superior a 24 voltios.
    • Que se elabore una norma sobre ellas que cubra los riesgos para los niños. (actualmente están reguladas)